Entra en vigor el Real Decreto-ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que entre otras cuestiones incluye la obligatoriedad mascarilla en vía pública, espacios al aire libre y de uso público, con independencia de la distancia de seguridad. Además contempla normativa específica para centros de trabajo, establecimientos comerciales, hoteles, hotelería y restauración, equipamientos culturales,actividades y competiciones deportivas, quienes continuarán regulados por la normativa del Principado de Asturias.
Como medida de prevención e higiene, las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de mascarillas en los siguientes casos:
Excepciones:
El incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas será considerado infracción leve y sancionado con multa de hasta 100 euros.
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