Ayudas para impulsar un plan de choque para la renovación de equipamiento en el sector de la hostelería
05/08/2026

Ayudas para impulsar un plan de choque para la renovación de equipamiento en el sector de la hostelería

 

NORMATIVA DE APLICACIÓN: la formalización y presentación de solicitudes se regirá por lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 638/2026, de 29 de julio.

PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 5 de agosto a las 10:00 horas hasta el 30 de septiembre a las 15:00 horas de 2026.

BENEFICIARIOS: podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este real decreto tanto las personas físicas y jurídicas, como las comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica que estén dadas de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y que sean titulares de uno o varios establecimientos hosteleros ubicados en España y cuya actividad esté clasificada en alguno de los siguientes códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE):

  55. Servicios de alojamiento.

  55.1 Hoteles y alojamientos similares.

  55.10 Hoteles y alojamientos similares.

  55.2 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

  55.20 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

  55.3 Campings y aparcamientos para caravanas.

  55.30 Campings y aparcamientos para caravanas.

  55.4 Actividades de intermediación para los servicios de alojamiento.

  55.40 Actividades de intermediación para los servicios de alojamiento.

  55.9 Otros servicios de alojamiento.

  55.90 Otros servicios de alojamiento.

  56. Servicios de comidas y bebidas.

  56.1 Restaurantes y puestos de comidas.

  56.11 Restaurantes.

  56.12 Puestos de comidas.

  56.2 Servicios de catering y otros servicios de comidas.

  56.21 Servicios ocasionales de catering.

  56.22 Servicios regulares de catering y otros servicios de comidas.

  56.3 Servicios de bebidas.

  56.30 Servicios de bebidas.

  56.4 Actividades de intermediación para los servicios de comidas y bebidas.

  56.40 Actividades de intermediación para los servicios de comidas y bebidas.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES: Todos aquellos necesarios para completar la renovación del equipo de hostelería. En concreto:

  a) La inversión en equipos y materiales efectuada.

  b) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones, en su caso.

  c) Los costes de gestión de residuos generados por la renovación del equipamiento.

  d) Los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el/la técnico competente, del certificado de eficiencia energética previsto en el artículo 9.3.b).

  e) Los costes de gestión de la solicitud de la ayuda.

  f) Los costes de justificación de estas ayudas.

 

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD:

   + Acceso a la aplicación informática para cumplimentar la solicitud y el cuestionario.

   + Preparar la documentación que deba adjuntar (memoria, poderes, etc.) cuyos modelos se encuentran en la página de "Guías y modelos" del portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo.

   + Cumplimentar todos los datos y validar el cuestionario completo.

   + Firmar y Enviar, para proceder al envío de toda la documentación junto con el cuestionario y ser firmado electrónicamente mediante certificado electrónico.

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