Novedades normativas frente a la covid 19 en Asturias
07/06/2021

Novedades normativas frente a la covid 19 en Asturias

 

El Principado de Asturias aprobó el pasado viernes 4 de junio una prórroga a las medidas de prevención frente a la Covid 19 vigentes actualmente en el Principado de Asturias. Se trata de la Resolución de 4 de junio de 2021, de la Consejería de Salud, de cuarta prórroga de las medidas especiales de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. 

Esta nueva prórroga no incorpora ningún cambio frente a las medidas previas, por lo que alarga su aplicación 14 días más hasta las 24:00 h. del 18 de junio. Puedes consultar las medidas vigentes en empresas del sector turístico aquí

Por otro lado, la pasada semana el Consejo Interterritorial de Salud aprobó una declaración de actuaciones coordinadas, de obligado cumplimiento. Las medidas acordadas entraron en vigor con su publicación en el BOE el sábado 5 de junio y se prevée que duren hasta que se alcance un 70% de población vacunada. Estas medidas tienen el objetivo de adaptarse al contexto actual de la pandemia y se pueden consultar en la Resolución de 4 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19

Entre las cuestiones aprobadas, se encuentra un nuevo protocolo de clasificación del nivel de riesgo:

   + Nivel 0 (nueva normalidad): la incidencia acumulada a 7 días (IA7) se sitúa entre 0 y 10 casos por cien mil habitantes. Si se analiza la incidencia a 14 días (IA14), la horquilla de casos oscila entre 0 y 25.

   + Nivel 1 (riesgo bajo): IA7 entre 10 y 25 casos // IA14 entre 25 y 50.

   + Nivel 2 (riesgo medio): IA7 entre 25 y 75 casos // IA14 entre 50 y 150.

   + Nivel 3 (riesgo alto): IA7 entre 75 y 125 casos // IA14 entre 150 y 250.

   + Nivel 4 (riesgo muy alto): IA7 más de 125 // IA14 más de 250.

En función de estos indicadores, se adoptan las siguientes medidas:

   + Ocio nocturno. En las comunidades con menor incidencia (fuera de riesgo o en nivel 1), el ocio nocturno podrá abrir, como máximo, hasta las 3 de la madrugada. El aforo en el interior será del 50%, mientras que en las terrazas se podrán utilizar todas las mesas, siempre que se mantenga una distancia de 1,5 metros entre sillas de diferentes mesas. Será obligatorio el registro de clientes y el consumo en barra estará prohibido. En territorios en nivel de riesgo alto no habrá ocio nocturno.

   + Hostelería. En autonomías en nivel de riesgo bajo, los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como los restaurantes de playa, cerrarán a la una de la madrugada, aunque dejarán de servir a las 0:00 horas. El aforo será del 50% en interiores, aunque se podrá incrementar un 10% si se aplican medidas de control que garantice una buena ventilación y una adecuada calidad del aire. En cuanto a las terrazas, la ocupación podrá ser del 100%, aunque habrá que respetar la distancia de 1,5 metros entre sillas de diferentes mesas. El máximo de personas por mesa, igual que en el ocio nocturno, será de 6 en interiores y 10 en el exterior. También se permitirá el consumo en barra.

   + Eventos multitudinarios al aire libre. En situación de nueva normalidad se podrán celebrar con un máximo de 10.000 personas, con zonas de paso de dos metros y un espacio de 1,5 metros cuadrados por persona. No se permitirá comer, beber ni fumar. En niveles de riesgo bajo y medio acogerán como máximo a 5.000 personas, con un espacio de 2,5 metros cuadrados por cada una. Si la comunidad está en situación de riesgo 3, el tope será de 2.500 personas. Los eventos multitudinarios no se permitirán en nivel de riesgo 4.

   + Fumar en la vía pública. Se establece la prohibición de fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros, incluyendo cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

Actualmente Asturias se encuentra en nivel 2, por lo que no le son de aplicación las medidas vinculadas a baja incidencia. Además, se espera que el gobierno regional regule a lo largo de esta semana, las medidas acordadas en coordinación con las que ya tiene aprobadas. Por último, debemos tener en cuenta que las medidas aprobadas por el Consejo Interterritorial de salud marcan el mínimo que deben aplicar las comunidades autónomas, pudiendo éstas aplicar medidas más restrictivas, por lo que habrá que esperar a la regulación autonómica para saber qué cambia y tener en cuenta que, algunos de los cambios, solo serán de aplicación cuando el nivel de riesgo sea bajo o no exista.  

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