Convocadas nuevas ayudas COVID para el sector turístico, hostelero y de restauración de Asturias
15/09/2021

Convocadas nuevas ayudas COVID para el sector turístico, hostelero y de restauración de Asturias

El Gobierno del Principado de Asturias publicó ayer una nueva convocatoria de ayudas destinadas a autónomos, comunidad de bienes, sociedades civiles y pymes del sector turístico, hostelero y de restauración, afectados por la crisis de la COVID-19, que no pudieron o no pueden cumplir con la totalidad de condiciones y requisitos de la ley de subvenciones (por deudas con administraciones, seguridad social, etc. contraídas a partir del 14 de marzo de 2020).
 
  • Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas propuestas los trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes afectadas por la crisis del COVID-19, con domicilio fiscal en el territorio del Principado de Asturias y cuyas actividades no puedan ser desarrolladas como consecuencia de la aplicación de medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar de alta, a fecha 1 de enero de 2021, en alguno de los epígrafes CNAE de las actividades económicas recogidas en el anexo de la resolución que hayan resultado afectadas por las medidas adoptadas por las autoridades competentes con motivo de la Covid19 y desarrollar su actividad en alguno de los concejos del Principado de Asturias.

b) Tener su domicilio fiscal en el territorio del Principado de Asturias.

c) Que con anterioridad al 14 de marzo de 2020, se encontrasen al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con la Administración General del Estado, con la Seguridad Social y no fueran deudores de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
 
d) Que el conjunto de las deudas tributarias de la persona beneficiaria con la Administración General del Estado, con la Seguridad Social y las deudas tributarias cuya gestión corresponda a la Administración del Principado de Asturias así como las restantes deudas vencidas, líquidas y exigibles con la Hacienda del Principado de Asturias, ha de tener un importe inferior o igual al del anticipo que le corresponda.

e) En el caso de que se haya formulado solicitud para las convocatorias anteriores no haber resultado beneficiario de las citadas ayudas, única y exclusivamente, por no encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Seguridad Social y las deudas tributarias cuya gestión corresponda a la Administración del Principado de Asturias.

f) En el caso de que no se haya formulado solicitud para las convocatorias anteriores, por no estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado o frente a la Seguridad Social o ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles a 28 de febrero de 2021, fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes de la citada convocatoria de febrero.

g) No resultar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en el BOPA.
 
  • Cuantía

Bloque 1 Actividades suspendidas, con interrupción total de la prestación de servicios

a) Solicitantes que no tengan trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 4.500 €.
b) Solicitantes que tengan entre 1 y 4 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 6.000 €.
c) Solicitantes que tengan entre 5 y 9 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 7.500 €.
d) Solicitantes que tengan entre 10 y 249 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 9.000 €.

Bloque 2 Actividades limitadas severamente
a) Solicitantes que no tengan trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 3.000 €.
b) Solicitantes que tengan entre 1 y 4 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 4.000 €.
c) Solicitantes que tengan entre 5 y 9 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 5.000 €.
d) Solicitantes que tengan entre 10 y 249 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 6.000 €.

El número de personas trabajadoras por cuenta ajena a tomar en consideración para el cálculo de la ayuda a percibir será la plantilla existente a 1 de enero de 2021.

El cómputo de trabajadores se realiza con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, su régimen de contratación temporal o fijo, o que se encuentren en cualquier situación de ERTE, excedencia, permisos, bajas por incapacidad temporal o situaciones similares de suspensión de la relación laboral en la empresa.

Estas cifras se verán incrementadas en atención al número de establecimientos de la persona o entidad beneficiaria, en los siguientes importes:
a) Dos establecimientos: Cuantía única de 2.000 €.
b) Tres o cuatro establecimientos: Cuantía única de 3.000 €.
c) Cinco o más establecimientos: Cuantía única de 4.000 €.

  • Plazo de presentación

El Plazo de presentación de solicitudes es de DIEZ DÍAS a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOPA, es decir, a partir de HOY, 15 de septiembre.

  • Documentación a presentar

las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico, con el código de solicitud AYUD0360T01 Ayudas extraordinarias, supletorias y urgentes a trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes del sector turístico, hostelero y de restauración con cargo al fondo de ayudas urgentes por el COVID-19, disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias a la que se accede a través de la siguiente dirección https://sede.asturias.es/

  • Más información 

Extracto de la Resolución de 9 de septiembre 2021, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo,por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a colectivos específicos con cargo al fondo de ayudas urgentes por la COVID-19 durante el año 2021.

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