Registro en hospedaje

Registro en hospedaje

 

El Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor tiene por objetivo regular las obligaciones de registro documental e información en actividades de hospedaje o alquiler de vehículos a motor sin conductor.

Esta normativa ya se encuentra vigente, aunque el Ministerio del Interior ha aprobado un periodo de adaptación a la nueva plataforma de comunicación que se alargará hasta el 1 de octubre de 2024. El texto afecta a todas las actividades de hospedaje y de alquiler de vehículos a motor sin conductor, sea cual fuere la modalidad, la personalidad del titular o el modelo de organización, que realicen actividad en territorio español. 

El Ministerio del Interior ha habilitado en su Sede electrónica la plataforma SES.HOSPEDAJES para facilitar a las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje el registro documental y la información que deben aportar. El periodo de adaptación a esta plataforma finaliza el 1 de octubre de 2024, mientras tanto se pueden mantener los medios habituales para realizar la comunicación correspondiente. 

  • En el caso del REGISTRO, debemos tener en cuenta:

   + Los partes de entrada para el uso de los servicios de hospedaje deberán ser firmados por toda persona mayor de catorce años que haga uso de los mismos. En el caso de las personas menores de catorce años, sus datos serán proporcionados por la persona mayor de edad de la que vayan acompañados.

   + Los establecimientos de hospedaje o de alquiler de vehículos, serán responsables de la exactitud de los datos que se hagan constar en partes y hojas de registro, de modo que coincidan con los documentos o sistemas que acrediten la identidad de las personas, que habrán de ser exhibidos o facilitados por los usuarios de estos servicios.

   + Se deberá llevar un registro informático en el que consten los datos de las personas alojadas, incluidas las personas menores de catorce años.

   + Los datos del registro informático deberán conservarse durante un plazo de tres años a contar desde la finalización del servicio o prestación contratada.

 

  • Para la COMUNICACIÓN de los datos en el caso de hospedaje (actividad profesional) se plantea:

   + Las comunicaciones se realizarán por procedimientos telemáticos.

   + Con carácter previo al inicio de la actividad y conforme al procedimiento que se establezca, se deberá comunicar a las autoridades competentes antes del transcurso de diez días desde el cumplimentado de los trámites administrativos exigibles en cada caso para el desarrollo de la actividad y, en cualquier caso, con anterioridad al ejercicio efectivo de esta.

      - Datos de la empresa arrendadora:

          a) Nombre o razón social del titular.

          b) CIF o NIF.

          c) Municipio.

          d) Provincia.

          e) Teléfono fijo y/o móvil.

          f) Dirección de correo electrónico.

          g) Web de la empresa.

          h) Url para identificar el anuncio.

      - Datos del establecimiento:

          a) Tipo de establecimiento.

          b) Denominación.

          c) Dirección completa.

          d) Código postal.

          e) Localidad y provincia.

   + Al realizar la reserva o la formalización del contrato o, en su caso, su anulación, y/o al inicio de los servicios prestados, de manera inmediata, y en todo caso en un plazo no superior a 24 horas: se deberán comunicar los siguientes datos:

      - Datos de los viajeros:

          a) Nombre.

          b) Primer apellido.

          c) Segundo apellido.

          d) Sexo.

          e) Numero de documento de identidad.

          f) Número de soporte del documento.

          g) Tipo de documento (DNI, pasaporte, TIE).

          h) Nacionalidad.

          i) Fecha de nacimiento.

          j) Lugar de residencia habitual (dirección completa, localidad, país).

          k) Teléfono fijo.

          l) Teléfono móvil.

          m) Correo electrónico.

          n) Número de viajeros.

          o) Relación de parentesco entre los viajeros (en el caso de que alguno sea menor de edad).

      - Datos de la transacción:

          a) Datos del contrato (Número de referencia, fecha, firmas).

          b) Datos de la ejecución del contrato (fecha y hora de entrada; fecha y hora de salida).

          c) Datos del inmueble (dirección completa, número de habitaciones, conexión a Internet (si/no)).

          d) Datos del pago (tipo (efectivo, tarjeta de crédito, plataforma de pago, transferencia...), identificación del medio de pago: tipo de tarjeta y número, IBAN cuenta bancaria, solución de pago por móvil, otros; titular del medio de pago; fecha de caducidad de la tarjeta; fecha del pago).

 

Además, esta normativa regula el hospedaje ejercido con actividad no profesional y el alquiler de vehículos, incorporando varias puntualizaciones sobre los aspectos destacados.